El Grupo Municipal Popular presenta una moción para la creación de una ordenanza que regule la circulación de los VMP (Vehículos de movilidad personal).

13 Oct, 2018

Las nuevas tecnologías han propiciado la aparición de determinados modelos de vehículos que favorecen la movilidad de las personas, totalmente diferentes de los tradicionales vehículos de tracción motor… turismos, motocicletas, etc…

Entre ellos se encuentran diversos patinetes eléctricos, monociclos, segways, sillas de motor eléctrico, etc…

Estos vehículos en algunos casos ostentan una masa superior a la de las personas y se mueven a una mayor velocidad que los peatones. El problema es que carecen, hasta el momento, de un espacio propio y natural en las vías. Por ello, los VMP generan situaciones de riesgo al compartir el espacio urbano con el resto de usuarios.

En consecuencia el uso de estos VMP, cuya utilización va aumentando considerablemente por parte de los usuarios, no se encuentra reglado por el código de circulación, ocasionando cada vez más accidentes, tanto en la calzada como en las aceras, generando muchas situaciones de riesgo raramente cubierto por los seguros, toda vez que estos no aparecen como obligatorios por ninguna norma general.

La Dirección General de Tráfico (DGT) preocupada por el aumento del tráfico de estos VMP y el riesgo consecuente, ha emitido una instrucción al respecto, la número 16/V-124 de 3 de noviembre de 2016.

En ella, además de catalogar estos VMP, técnica y jurídicamente, proyecta en la autoridad local, o sea en los municipios, la responsabilidad de regular la utilización de estos vehículos, así como de la obligatoriedad del aseguramiento o de autorizaciones expresas para su buen uso.

Entre todas las ordenanzas que, al efecto, han creado diversos municipios, destaca por su claridad, eficiencia y buena crítica de la prensa especializada, la ordenanza de la ciudad de Sevilla.

Por todo lo expuesto, el Grupo Municipal Popular propone al pleno la adopción del siguiente acuerdo:

  • PUNTO ÚNICO: Que por el personal técnico competente, en el plazo de un mes, se proceda a la redacción de un borrador de nueva ordenanza que regule el uso de los VMP y que una vez dispuesto este borrador sea elevado a este pleno para su aprobación inicial.